El próximo 1 de octubre entrará en vigor un nuevo reglamento estatal que esclarecerá los requisitos necesarios para otorgar esta catalogación, que eximirá a determinados automóviles y motocicletas de las restricciones circulatorias.
@RubeenPacheco9
La Zona de Bajas Emisiones (ZBE) ha experimentado un cambio reciente muy demandado. Los vehículos históricos, a los que hasta ahora se había prohibido la circulación como a cualquier otro sin distintivo ambiental, han obtenido el beneplácito del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) para rodar en vías con restricciones. El acuerdo se ha formalizado, como avanzó Metrópoli, este mes de septiembre. El ente metropolitano y la Federació Catalana de Vehicles Històrics (FCVH) firmaron un pacto para eximir a motocicletas y automóviles históricos de estas limitaciones, un escrito que también reflejó el reconocimiento del valor industrial y cultural de los vehículos por parte de la administración barcelonesa. El cambio de posicionamiento del AMB en esta materia llega empujado por el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos aprobado este septiembre por el Gobierno, que entrará en vigor el próximo 1 de octubre. Esta normativa define qué requerimientos deben cumplir los turismos y motocicletas para tener esta consideración, e insta a los ayuntamientos a facilitar la circulación de estos en las ordenanzas municipales que aprueben al respecto. RequisitosEl nuevo reglamento estatal, que modifica el aprobado hace tres décadas, indica que los vehículos deben cumplir, al menos, uno de los requisitos marcados para catalogarse como históricos. Estar fabricados o matriculados hace 30 años sin que se hayan realizado modificaciones sustanciales o formar parte del Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, son algunas de estas condiciones. Aquellos automóviles y motocicletas que sean declarados de interés cultural, así como aquellos que tengan un interés especial, también podrán reconocerse como históricos. Éstos contarán, también, con ventajas de las que no disponían hasta ahora, como la exención de la ITV periódica a los turismos con más de 60 años de antigüedad y la supresión total de la obligatoriedad para los ciclomotores. La nueva normativa estatal también prevé la introducción de los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos, entidades que evaluarán los coches y motocicletas que se quieran clasificar como históricos y emitirán informes técnicos y certificados en los casos previstos en el reglamento. LimitacionesEl nuevo reglamento también establece ciertas limitaciones. Una de ellas hace referencia al uso de estos vehículos, que deberá ser ocasional, con una circulación máxima que no podrá sobrepasar los 96 días al año. En caso de no disponer de cinturones de seguridad en las plazas delanteras, se establece un límite de velocidad de 80 kilómetros por hora. Cuando estos circulen en vías interurbanas sin disponer de sistemas de retención infantil, los menores de edad de estatura igual o inferior a 1,35 metros no podrán viajar en ellos. Entre las novedades remarcables, la norma destaca que los vehículos históricos tendrán una sola matrícula, y no dos como hasta ahora. También se crearán permisos temporales de circulación para los museos de automóviles que tengan vehículos no matriculados en España, o cuya documentación ordinaria no se encuentre en vigor. La finalidad de esta medida es posibilitar traslados entre instalaciones, operaciones de mantenimiento y exhibición pública. Evitar la salida de vehículosMediante esta modificación, la normativa española busca evitar la salida de vehículos históricos hacia otros países con regulaciones más favorables. El Gobierno espera que esta disposición conlleve un incremento de profesionales y empresas dedicados a la restauración de estos vehículos, además de un aumento de la actividad de compraventa | ||